La formación obligatoria de PRL no se puede bonificar

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a Audiencia Nacional ha emitido una sentencia, derivada de una inspección de Trabajo, sobre la bonificación de acciones formativas de prevención de riesgos laborales. Según esta sentencia, que avala los argumentos de la Inspección de Trabajo, la formación de carácter obligatorio de PRL no puede ser bonificable.

De forma resumida, la sentencia establece la diferencia entre la formación definida según arte. 8.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo, y la formación dirigida al cumplimiento de las obligaciones legales en materia de PRL. Esta formación, que se enmarca dentro del artículo 19 del Estatuto de los Trabajadores, tiene un carácter obligatorio y, por tanto, según la sentencia, no puede considerarse dentro del marco regulador de la Formación Profesional para el Empleo. Según la sentencia, solo las acciones que puedan calificarse como formación por el empleo podrían beneficiarse del régimen de bonificaciones previsto en el artículo 7.3 del Real decreto ley 4/2015 de 22 de marzo. Asimismo, la sentencia también establece que la formación de PRL de carácter transversal considerada prioritaria, es decir, no específica de un área o categoría concreta y de carácter no obligatorio, no podrá superar las 6 horas de duración, según el artículo 7 de la Orden TAS/2307/2007.

Si bien la propia FUNDAE avalaba la bonificación de este tipo de formación según un informe emitido en el año 2018 y, hasta ahora, no pone ningún impedimento o condicionante a la aplicación de la bonificación por esta formación, la sentencia de la Audiencia Nacional establece un marco regulador diferente y contrario a la práctica aplicada por FUNDAE.

Sin embargo, según la exposición de motivos de la sentencia, estos podrían ser interpretados en otros ámbitos distintos a los de prevención de riesgos y poner en duda la bonificación de formación obligatoria en otros sectores. Tal es el caso de la formación en CAP (Certificado de Aptitud Profesional de Conductores), manipulador de alimentos, etc.

En definitiva estamos ante una sentencia que no es jurisprudencia, no es vinculante, es una respuesta aislada a una demanda concreta, con conclusiones muy simples y equivocadas, y no es extrapolable a otros cursos u otros centros de formación. Se mencionan 6 horas, y la normativa actual indica 2 horas, la sentencia no resuelve nada y utiliza normativa derogada.

Ante la situación de incertidumbre legal generada, y hasta que FUNDAE y SEPE  no definan un posicionamiento claro al respecto, la política de Mittsu Consultores es no gestionar las bonificaciones derivadas del tipo de formación definido en esta sentencia. Y nuestro consejo experto a los clientes es no bonificar este tipo de formación hasta que la interpretación de la normativa sea uniforme a todos los niveles.

Desde  Mittsu Consultores mantendremos informados a nuestros clientes de cualquier novedad que se produzca al respecto, quedando a su disposición para cualquier duda o aclaración.

La formación obligatoria de PRL no se puede bonificar2026-07-28T07:34:03+01:00

El crédito de formación bonificada para este año 2021 ya está actualizado

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l pasado 21 de mayo se actualizó el importe de crédito para la formación bonificada 2021 para las empresas.

En el aplicativo de Fundae ya se encuentran actualizados y se pueden consultar los datos correspondientes a la plantilla media que tuvieron las empresas durante 2020 y las cuotas de formación profesional del pasado ejercicio, tras cruzar sus datos con el Instituto Nacional de Seguridad Social.

En base a estos datos, las empresas ya puede saber cuál es el crédito real que les corresponde para realizar formación bonificada durante 2021.

¿Qué crédito tiene una empresa para hacer formación en 2021?

Todas las empresas españolas tienen derecho a realizar formación bonificada para sus trabajadores. Con este fin se les asigna un crédito anual, que variará en función de las cotizaciones y plantilla que hayan tenido durante el ejercicio anterior.

Las pequeñas empresas de hasta 5 trabajadores y de nueva apertura en 2020 disponen de un crédito de mínimo 420 €.

Es una forma de garantizar que, aunque hayan cotizado poco, puedan acceder a formación que les permita adquirir nuevos conocimientos y ser más competitivas y eficientes.

Para empresas con más plantilla, el crédito se calculará en función del volumen de plantilla durante el año 2020.

 

Si deseas conocer tu crédito formativo y/o recibir información más detallada sobre los trámites y gestiones para poner en marcha tu formación puedes enviarnos un email a info@mittsu.es y te ayudaremos y asesoraremos en lo que necesites, estaremos encantados de ayudarte.

El crédito de formación bonificada para este año 2021 ya está actualizado2026-07-28T07:34:04+01:00

Bonificaciones a la contratación laboral y reducciones para 2021

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l Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha publicado la Guía de Bonificaciones / Reducciones a la contratación laboral para 2021 donde recoge toda la normativa vigente en materia de incentivos a la contratación laboral.

Orientada a satisfacer la demanda de información por parte de los usuarios y por los distintos agentes que operan en nuestro mercado de trabajo, ofrece la información estructurada por modalidad de contrato, colectivo al que pertenezca el trabajador y tipo de empresa.

Esta guía recoge las modificaciones legislativas adoptadas por la situación excepcional del COVID-19.

Bonificaciones e Incentivos para contratar en 2021

 Conversión de contratos e indefinidos

  • Conversión de contratos en Prácticas / Relevo / Sustitución por Jubilación

Para empresas de menos de 50 trabajadores.

  • Hombres: Bonificación de las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 500 €/año durante 3 años.
  •  Mujeres: Bonificación de las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 700 €/año durante 3 años. 

Conversión de contratos Para la Formación y el Aprendizaje

  • Hombres: Reducción de las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 1.500 €/año durante 3 años.
  • Mujeres: Reducción de las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 1.800 €/año durante 3 años.

Personas con discapacidad

Existen numerosas bonificaciones para contratar a personas con discapacidad reconocida. Se pueden aplicar bonificaciones, en función del perfil y el tipo de contrato (Ley 43/2006).

  •  Contrato indefinido
  •  Bonificaciones para menores de 45 años.
  •  Hombres: 4.500 €/año con Discapacidad Severa: 5.100 €/año
  • Mujeres: 5.350 €/año con Discapacidad Severa: 5.950 €/año

 Bonificaciones para mayores de 45 años.

  •  Hombres y Mujeres: 5.700 €/año con Discapacidad Severa: 6.300 €/año

También existen bonificaciones del 100% de la cuota empresarial por la contratación indefinida o temporal o conversión en indefinido de contratos temporales por un Centro especial de empleo, y para contratos de interinidad, durante toda la vigencia del contrato (Ley 43/2006 y Ley 45/2002).

Así mismo, los trabajadores con discapacidad reconocida también pueden ser contratados mediante contrato de formación, aplicándose la bonificación del 100% de los seguros sociales durante toda la vigencia del contrato. En caso de discapacidad no se aplicará límite de edad.

 Jóvenes menores de 25 años

 Jóvenes desempleados inscritos en la Oficina de Empleo.

  • Contrato para la Formación y el Aprendizaje
  • Para empresas de menos de 250 trabajadores: Reducción del 100% de las cuotas del empresario al año.
  • Para empresas de 250 o más trabajadores: Reducción del 75% de las cuotas del empresario al año.

Programa de fomento de empleo para mayores de 45 años programa de fomento y dependiendo del colectivo

Estos trabajadores, que se acogen voluntariamente a este programa, pueden compatibilizar los subsidios por desempleo con el trabajo por cuenta ajena en aplicación de lo previsto en el artículo 296.3 y 4 del Texto Refundido de la Ley de la Seguridad Social.

 Trabajadores parados de larga duración

Se establece una bonificación para las empresas que contraten de forma indefinida a parados de larga duración.

  • Hombres: Cuota anual 1.300 €/año
  • Mujeres: Cuota anual 1.500 €/año

 Esta bonificación podrá aplicarse durante 3 años, siempre que se mantenga el nivel de empleo total alcanzado con esa contratación y se mantenga contratado al trabajador como mínimo 2 años. En caso de incumplimiento, la empresa debería devolver los beneficios aplicados.

Conciliación de la vida personal, laboral y familiar

  • Contratos de interinidad para sustituir a trabajadores en situación de excedencia por cuidado de familiares

Se deben celebrar con beneficiarios de prestaciones por desempleo.

  • Primer año: Reducción del 95 % de la cuota por contingencias comunes.
  • Segundo año: Reducción del 60% de la cuota por contingencias comunes.
  • Tercer año: Reducción del 50 % de la cuota por contingencias comunes.
  •  Contratos de interinidad para sustituir a trabajadores durante los periodos de descanso por maternidad, adopción, acogimiento, paternidad o riesgo durante el embarazo o la lactancia

Se deben celebrar inscritos como demandantes de empleo.

  • Bonificación del 100 % de la cuota empresarial, incluidas como contingencias profesionales y recaudación conjunta (tanto del trabajador sustituido como del interino contratado).
  • Contratos de interinidad para sustituir a trabajadores víctimas de violencia de género que hayan suspendido su contrato ejercitando su derecho a la movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo

 Bonificación del 100 % de la cuota empresarial a la seguridad social por contingencias comunes.

Víctimas y situación de exclusión social

  • Víctimas de violencia de género, trata de seres humanos y víctimas de terrorismo: Bonificación de 1.500 € si el contrato es indefinido, 600 € si es temporal, durante la vigencia del contrato, 4 años si es indefinido.
  • Víctimas de violencia doméstica: Bonificación de 850 € si el contrato es indefinido, 600 € si es temporal, durante la vigencia del contrato, 4 años si es indefinido.
  • Trabajadores en riesgo de exclusión social: Bonificación de 600 € si es contrato indefinido, 500 € para contratos temporales y 650 € para conversiones en indefinido, durante 4 años si es indefinido o durante toda la vigencia, si es contrato temporal.

Además de este tipo de bonificaciones existen otros, destinados a colectivos muy específicos por el perfil del trabajador, o la actividad, que aparecen publicadas en la sección de bonificaciones del SEPE.

Bonificaciones a la contratación laboral y reducciones para 20212026-07-28T07:34:04+01:00

Se confirma el crédito para formación en 2018


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l 2 de junio se ha actualizado los créditos para la formación bonificada 2018 para empresas.

Según informa la entidad a través de su página web, el pasado sábado cargó en su plataforma los datos correspondientes a la plantilla media que tuvieron las empresas durante 2017, así como las cuotas de formación profesional de dicho ejercicio

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En base a estos datos, la empresa podrá saber cuál es el crédito que le corresponde para realizar formación bonificada durante 2018.

¿Qué crédito tiene mi empresa para hacer formación en 2018?

Todas las empresas españolas tienen derecho a realizar formación bonificada para sus trabajadores. Con este fin se les asigna un crédito anual, que van a variar en función de las cotizaciones y plantilla que hayan tenido durante el ejercicio anterior.

Las empresas de hasta 5 trabajadores y de nueva apertura también pueden acceder, disponiendo de un crédito de mínimo 420 €. Para empresas con más plantilla, el crédito se calculará en función al número de trabajadores durante el año pasado:

  • 1 a 5 trabajadores: disponen de una cantidad mínima de 420 €.
  • 6 a 9 trabajadores: 100% de la cantidad cotizada.
  • 10 a 49 trabajadores: 75% de la cantidad cotizada.
  • 50 a 249 trabajadores: 60% de la cantidad cotizada.
  • 250 trabajadores en adelante: 50% de la cantidad cotizada.

Mittsu Consultores es un centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir formación programada para las empresas o formación bonificada. Nuestro centro de formación se encarga de todo el proceso formativo y las gestiones a realizar. Contacta con nosotros en info@mittsu.es .


Se confirma el crédito para formación en 20182026-07-28T07:34:06+01:00

Beneficios del contrato a tiempo parcial con vinculación formativa

El contrato a tiempo parcial con vinculación formativa favorece tanto a jóvenes en búsqueda de oportunidades laborales, como a empresarios y autónomos en la contratación de profesionales.

Este tipo de contrato surgió como iniciativa para disminuir la elevada tasa de desempleo juvenil en España. Se redactó de forma que ambas partes del contrato salen beneficiadas, de modo que la inserción en el mercado laboral de los nuevos profesionales se incrementa, aumentando así la empleabilidad y la contratación de trabajadores; y las empresas que celebren este tipo de contratos obtendrán incentivos por ello, en el caso de cumplir una serie de requisitos.

¿Qué incentivos pueden alcanzar las empresas que celebren este contrato?

Las empresas y los trabajadores autónomos podrán obtener una reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondientes al trabajador contratado. Dichas reducciones serán del 100% en empresas con menos de 250 trabajadores, y de un 75% en empresas de más o igual a 250 trabajadores.

Dichas reducciones se podrán aplicar durante doce meses. Además este incentivo tiene la posibilidad de prorrogarse otros doce meses siempre que el trabajador compatibilice empleo y formación.

Pero… ¿qué es un contrato a tiempo parcial con vinculación formativa?

Esta modalidad de contrato permite a las empresas contratar a jóvenes desempleados menores de treinta años, o menores de treinta y cinco años con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%. Los trabajadores podrán compatibilizar empleo con formación, o justificar haberla cursado en los seis meses previos a la celebración del contrato. Además no es necesario que la formación esté vinculada específicamente al puesto de trabajo que se especifica en el contrato, de forma que podrá ser:

a) Formación acreditable oficial o promovida por los Servicios Públicos de Empleo.

b) Formación en idiomas o tecnologías de la información y la comunicación de una duración mínima de 90 horas en cómputo anual.

El contrato podrá ser por tiempo indefinido o por duración determinada. Además la jornada no podrá ser superior al 50% de la jornada de un trabajador a tiempo completo, a excepción de las personas beneficiarias por la Garantía Juvenil que podrán alcanzar hasta el 75% de la jornada laboral.

Actualmente, el contrato a tiempo parcial con vinculación formativa es una de las mejores opciones tanto para las empresas como para los trabajadores en relación a otras modalidades de contratos. A los jóvenes se le ofrece facilidades para incorporarse al mercado laboral, y a los empresarios los favorece económicamente a la hora de contratar.

¿Cómo te podemos ayudar en Mittsu Consultores?

Desde comienzos de 2016 la formación inherente al contrato de formación se realiza en modalidad de teleformación o presencial, desapareciendo la modalidad a distancia. En Mittsu, hemos decidido apostar por la teleformación como modalidad principal para el contrato de formación, con la finalidad de adaptarnos en la mayor medida posible a las necesidades de nuestros alumnos. Para ello, ponemos a su disposición nuestra Aula Virtual en la que encontrarás todos los contenidos de tu curso, así como las actividades a desarrollar y otros recursos adicionales que complementarán tu formación.

Mittsu Consultores está homologado como centro formativo para ofrecerte formación de calidad, adaptada y al mejor precio.

Si necesitáis alguna aclaración, o más información al respecto, también podéis contactar con nosotros en info@mittsu.es .

Beneficios del contrato a tiempo parcial con vinculación formativa2026-07-28T07:34:06+01:00

Mittsu Formación obtiene el sello Cum Laude 2017 otorgado por Emagister

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ittsu Formación, ha obtenido el sello de calidad Cum Laude que otorga Emagister, el portal líder en formación.

Este reconocimiento es fruto de la excelencia académica y de las recomendaciones por parte de nuestros alumnos, que han realizado alguno de nuestros cursos online y han decidido recomendar nuestro centro, reconociendo así su prestigio y credibilidad como entidad educativa.

Para Mittsu Formación, este sello le otorgará más visibilidad en la página de resultados de búsqueda dentro de Emagister ya que aparecerá en las primeras posiciones.

Emagister concede estos sellos de calidad dentro de su portal web y se muestran a la hora de buscar información sobre nuestro centro y sus programas formativos. Para conseguirlo, se necesita obtener más de 50 valoraciones de alumnos con un promedio de nota de al menos 3,5 sobre un máximo de 5. Además se debe mantener su lista de cursos actualizada permanentemente asegurando estar a la vanguardia en los contenidos de toda la oferta formativa.

Mittsu Formación actualmente está presente en Emagister en España, Colombia, México y Chile.

Este reconocimiento nos anima a seguir trabajando, como lo hacemos día a día, con el objetivo de mejorar la calidad de nuestra oferta formativa.

Por todo ello, desde Mittsu Formación queremos agradecer a todos nuestros alumnos sus valoraciones positivas, y propuestas de mejora. Y como no, a los tutores y profesores, vuestro apoyo incondicional y el esfuerzo y profesionalidad que habéis demostrado en cada uno de nuestros cursos.

Muchas gracias!.

Mittsu Formación obtiene el sello Cum Laude 2017 otorgado por Emagister2026-07-28T07:34:06+01:00

Mitformacion, la nueva plataforma de elearning de Mittsu Consultores


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ras varios meses de trabajo y después de darle muchas vueltas a multitud de detalles, hoy hemos lanzado la nueva versión de nuestra plataforma de e-learning, con un catálogo de acciones formativas que irá creciendo y actualizándose a lo largo de los próximos meses.

De cara a nuestros alumnos de Mitformacion la experiencia de usuario creemos que ha mejorado, y eso que la anterior ya estaba muy bien 😉

El nuevo entorno facilita mucho el aprendizaje de contenidos, otorgándoles mayor protagonismo.

Además, como antes, es adaptable automáticamente a todos los dispositivos y plataformas, por lo que podrás utilizarlo sin problemas desde Windows, Linux o Mac, con cualquier navegador (Chrome, Firefox, Internet Explorer…) así como desde tablets, smartphones, etc

Innumerables hombres en España han experimentado resultados que les han cambiado la vida con Cialis, informando de una mayor confianza, intimidad y satisfacción general en sus relaciones.Al abordar la causa raíz de la disfunción eréctil y proporcionar una solución fiable, Cialis ha permitido a los hombres recuperar su salud sexual y vitalidad. comprar cialis en farmacia.

La prevalencia de la disfunción eréctil en España:Este tratamiento revolucionario ha supuesto un salvavidas para innumerables hombres que padecen disfunción eréctil, permitiéndoles recuperar su confianza sexual y su intimidad. viagra contrareembolso alicante.

El medicamento tiene un rápido inicio de acción, con efectos experimentados a los 30-60 minutos de su consumo. kamagra 100mg amazon Kamagra: Un cambio radical en el tratamiento de la disfunción eréctil.

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Contamos con cursos de diferentes sectores productivos, domótica, informática y desarrollo web, educación, hostelería, prevención de riesgos, etc.

 Todos los cursos están adaptados a las nuevas exigencias impuestas por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) para poder bonificar la formación mediante el crédito formativo anual.

 Mittsu Consultores como entidad organizadora pone a disposición de sus clientes la posibilidad de gestionar dicha formación así como los trámites para la gestión del crédito.

 Os invitamos a visitar nuestra plataforma y ponemos a vuestra disposición un correo electrónico para que nos podáis enviar cualquier consulta. info@mittsu.es

 Una vez más os agradecemos la confianza depositada en nuestra empresa.


Mitformacion, la nueva plataforma de elearning de Mittsu Consultores2026-07-28T07:34:06+01:00
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