Empezamos febrero con dos noticias relevantes sobre los contratos de formación. Según el Real Decreto 6/2016 del 23 de diciembre , debemos tener en cuenta lo siguiente:

Los jóvenes que cumplan los requisitos para un contrato formativo, deben estar inscritos en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil. En este fichero se les inscribe cuando se dan de alta en el SEPE, y teniendo en cuenta:

a) No haber trabajado en el día natural anterior al momento de recibir la actuación.
b) No haber recibido acciones educativas en el día natural anterior al momento de recibir la actuación.
c) No haber recibido acciones formativas en el día natural anterior al momento de recibir la actuación.

Transcurridos cuatro meses desde la fecha de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil se deberá comprobar, con carácter previo a prestar cualquier tipo de atención, que se siguen cumpliendo los requisitos que permitieron la inscripción del joven.

Entonces, ¿qué ventajas tenemos al contratar a una persona inscrita en este fichero?

VENTAJAS AL REALIZAR UN CONTRATO A TIEMPO PARCIAL CON VINCULACIÓN FORMATIVA

La aprobación de esta medida favorece positivamente  la contratación bajo esta modalidad, ya que uno de los requisitos que debe cumplir el trabajador para realizar este contrato, es estar inscrito en el Sistema de Garantía Juvenil

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. Además, estar inscrito permite que la jornada laboral sea del 75%, en lugar del 50%.

VENTAJAS AL REALIZAR UN CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE

Desde el 1 de enero de 2017, las reducciones a las que tiene derecho una empresa que realiza un contrato de formación se convierten en bonificaciones si el trabajador está inscrito en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil, esto significa que nos aplicaremos una bonificación del 100% del importe de los Seguros Sociales.

RECUERDA
• Coste 0 € en los seguros sociales (en forma de reducción o de bonificación).
• 100 % bonificación de la formación.
• Bonificación adicional de entre 60 y 80 € en concepto de tutorización de empresa
• Numerosas ventajas a la conversión en indefinido.
• Otras ventajas adicionales

 

Recordad que antes de hacer un contrato de este tipo debemos solicitar permiso al SEPE aproximadamente con un mes de antelación, para que nos aprueben el itinerario formativo a realizar. Así que hay que ir con tiempo suficiente al hacer los trámites correspondientes. El formulario para este permiso lo suelen facilitar los centros homologados para este tipo de formación, según la ocupación solicitada.

Para saber las ocupaciones de las que disponemos, consúltanos en info@mittsu.es .